Benito Juárez García |
Benito
Juárez, Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, a sus
habitantes sabed: Que en uso de las amplias facultades de que me hallo
investido, he tenido a bien decretar la siguiente Ley de Dotación del Fondo
Municipal de México ... Diversiones Públicas ... Art. 87. No se considerarán
entre las diversiones públicas permitidas, las corridas de toros; y por lo
mismo, no se podrá dar licencia para ellas, ni por los ayuntamientos, ni por el
gobernador del Distrito Federal, en ningún lugar del mismo.
Dado
en el Palacio Nacional de México, a 28 de noviembre de 1867. Firmado: Benito
Juárez. Al C. Sebastián Lerdo de Tejado, Ministro de Relaciones Exteriores y
Gobernación."
México. D. F. 10 de enero de 1868. Entra en vigor la "Ley de
Dotación del Fondo Municipal de México", que prohibía las corridas de
toros en el Distrito Federal. Esta medida se mantuvo hasta el año de 1887,
cuando en ese año se restablecieron las corridas
Plaza de Toros de Tlaxcala, Saltillo, 18 de mayo de 1870. Se
realiza una corrida de toros por aficionados a beneficio del Ateneo Fuente
recabando la cantidad de $123.08
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